Nuevas medidas tributarias aprobadas en Navarra por la L.F. 22/2023

Nuevas medidas tributarias aprobadas en Navarra por la L.F. 22/2023

El día 29 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Navarra Nº 269 (Extraordinario), la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.

Como venimos haciendo cada año en estas fechas, les facilitamos el enlace al BON y les detallamos alguna de las medidas aprobadas que consideramos de especial interés.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Se deflacta la tarifa del IRPF correspondiente al ejercicio 2023 en un 4% y la del 2024 en un 3%:

TARIFA IRPF 2024 

TARIFA IRPF 2023

B.L. hastaCuota ÍntegraResto BaseTipo (%)B.L. hastaCuota ÍntegraResto BaseTipo (%)
4.458134.32813
4.458579,545.572224.328562,645.41022
10.0301.805,3811.145259.7381.752,8410.82025
21.1754.591,6314.4882820.5584.457,8414.06628
35.6638.648,2715.60336,534.6248.396,3215.14936,5
51.26614.343,3715.60341,549.77313.925,7115.14941,5
66.86920.818,6122.2904464.92220.212,5421.64044
89.15930.626,2150.1514786.56229.734,1448.69147
139.31054.197,1855.72449135.25352.618,9154.10049
195.03481.501,94139.31050,5189.35379.127,91135.25250,5
334.344151.853,49Resto base52324.605147.430,17Resto base52

Se eleva un 3% los mínimos personales y familiares aplicables en 2023 y otro 3% los aplicables a partir del 1 de enero de 2024:

MÍNIMO PERSONAL GENERAL
20242023
1.084,00 €1.052,00 €

 

MÍNIMO FAMILIAR GENERAL
20242023
x ascendiente = ó > 65 años y < 75 años264,00 €256,00 €
x ascendiente = ó > 75 años585,00 €568,00 €
x descendiente < 30 años483 € x el primero469 € x el primero
512 € x el segundo497 € x el segundo
732 € x el tercero711 € x el tercero
981 € x el cuarto952 € x el cuarto
1.111 € x el quinto1.079 € x el quinto
1.286 € x el sexto y ss.1.249 € x el sexto y ss.

 

Con efectos de 1 de enero de 2024, se eleva del 60 al 70% el porcentaje de reducción del rendimiento neto del capital mobiliario cuando proceda del arrendamiento de viviendas intermediado a través de NASUVINSA.

La reducción del 40% del rendimiento de neto del capital inmobiliario previsto para los alquileres donde entre otros requisitos se exige que su importe no supere el valor del Índice de Sostenibilidad de Alquileres, se pospone su aplicación hasta el período impositivo en que se pueda determinar el índice de sostenibilidad de alquileres.

Con efectos de 1 de enero de 2024, se establece como novedad un límite adicional de 4.250,00 € de reducción de la base imponible en cuanto a las contribuciones empresariales o las aportaciones del trabajador que realicen a seguros colectivos que instrumenten compromisos por pensiones que no incorporen a todos los trabajadores de la empresa.

Con relación a la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables y por inversiones en sistema de recargas pendientes de informe a la entrada en vigor de esta ley foral (30 de diciembre de 2023), resulta preciso disponer de dicho informe para su aplicación, de forma que se aplicará la deducción en la primera autoliquidación que se deba presentar con posterioridad a la fecha de emisión del informe.

Con efectos de 1 de enero de 2024, se mejoran las deducciones por arrendamiento para acceso a vivienda y por arrendamiento para emancipación, incrementando sus límites. Con relación a esta última, se eleva también el umbral de rentas que determina la posibilidad de aplicar la deducción y se prorroga, durante 2024, la aplicación de la deducción a las personas en situación de desempleo que consten inscritas como demandantes de empleo, aunque no cumplan el requisito de la edad. Además, se aumenta el límite del precio de alquiler para poder acceder a ambas deducciones, pasando de 675 a 700 €.

Se modifica el período impositivo en que se han de imputar con carácter general los incrementos de patrimonio derivados de ayudas públicas, trasladándolo al período de cobro de las mismas. No obstante, en el caso de ayudas públicas para la primera instalación de jóvenes agricultores que se destinen a la adquisición de una participación en empresas agrícolas societarias podrá imputarse por cuartas partes en el periodo impositivo en que se obtengan y en los 3 siguientes.

IMPUESTO SOCIEDADES

Se condiciona la aplicación de la deducción por gastos de publicidad derivados de actividades de patrocinio a que la entidad patrocinada presente el correspondiente modelo informativo en el que consten las cantidades recibidas en virtud del contrato del patrocinio.

Se prorroga para aquellos ejercicios iniciados en 2024 los límites de reducción de las bases liquidables negativas:

    • Límite Temporal: 15 años.
    • Sin límite cuantitativo: Hasta 1 millón de €.
Límites cuantitativos según cifra negocios (C.N.) ejercicio anterior
C.N. < 20 millones €70% base imponible positiva previa
C.N. = ó > 20 millones € e < 60 miilones €50% base imponible positiva previa
C.N. = ó > 60 millones €25% base imponible positiva previa

 

Como hemos comentado, únicamente hemos ofrecido un detalle de las medidas tributarias que consideramos más interesantes, pero se han aprobado otras que pueden consultar en la propia Ley y cuyo enlace les hemos facilitado al inicio de esta nota informativa.

No obstante, el equipo de OHR se ofrece para resolver cualquier duda que consideren necesario aclarar sobre la nueva normativa aprobada.