Aplazamiento fiscal excepcional en Navarra para dar respuesta a la crisis de Oriente Medio

Nuestro Gobierno Foral ha aprobado y publicado en el BON del 10 de abril de 2025 la Orden Foral 34/2026, con el fin de introducir un nuevo aplazamiento excepcional para el pago de determinadas deudas tributarias: Anuncio – Boletín Oficial de Navarra

Se trata de un aplazamiento sin intereses ni prestación de garantía alguna respecto al:

  • IVA: primer trimestre o al mes de marzo del ejercicio 2026.
  • IRPF: Pago fraccionado primer trimestre del ejercicio 2026.

La autoliquidación de IVA, el pago fraccionado y la propia solicitud de aplazamiento deben ser presentados en el periodo voluntario establecido para cada uno de ellos.

El ingreso de estas deudas se suspenderá durante un periodo de tres meses, contado desde la finalización del periodo voluntario de declaración e ingreso, a partir del cual, deberán ingresarse mediante su fraccionamiento en cuatro cuotas mensuales de iguales importes.

No se computarán en ningún modo estos aplazamientos, ni para su concesión ni para la concesión de aplazamientos futuros.

Si tuvieran cualquier duda sobre la aplicación de este nuevo aplazamiento, puede contactar con el equipo de OHR y trataremos de resolverlas a la mayor brevedad posible.