Ayudas al sobrecoste energético de las empresas de Navarra 2022

Ayudas al sobrecoste energético de las empresas de Navarra 2022

El plazo de solicitudes empieza hoy, 22 de noviembre de 2022, y finalizará el próximo viernes 9 de diciembre, inclusive. Las solicitudes se realizarán de forma exclusiva a través de la página web que ha habilitado el Gobierno de Navarra para ello. Les dejamos aquí el enlace, y pasamos a describir más en detalle la ayuda:

  • Para poder ser beneficiaria, deben realizar actividad económica en Navarra antes del 01/02/2021, lo cual implica:
    • Estar de alta en el IAE en Navarra antes de esa fecha.
    • En el caso de empresarios del primer sector, deberán tener consideración de «profesionales de la agricultura» en el Registo de Explotaciones Agrarias de Navarra.
    • En el caso de comunidades de regantes o sindicatos de riegos de Navarra, estar inscritos en la Registro de la Confederación Hidrográfica correspondiente.
  • Están excluidas:
    • Las comunidades de propietarios.
    • Instituciones financieras (IAEs 811, 812 y 819).
    • Transporte y distribución de energía eléctrica (IAE 1515).
    • Fabricación y distribución de gas (IAE 152).
    • Empresas de alquiler de viviendas (IAE 8611).
  • Los gastos subvencionables son el incremento en el coste global de los suministros facturados entre el 01/02/2022 y el 30/09/2022. Estos suministros serán: electricidad, gas natural, gas licuado (GLP) y fluidos térmicos generados en una central común de un polígono (agua caliente, fría, fluido frigorífico o vapor).
  • En caso de que el solicitante haya vendido energía eléctrica en 2021 y 2022 habrá que adjuntar esas facturas de venta (por ejemplo, en el caso de las instalaciones de placas fotovoltaicas).
  • El gasto mínimo subvencionable tiene que ser de 2.000 €, y el máximo de la ayuda será de 500.000 €. Los fondos totales son 20 millones de €, y en el (previsible) caso de que las solicitudes superen ese importe se prorrateará entre todos los solicitantes.
  • Para tramitar las solicitudes será necesario:
    1. Formulario de solicitud, que se cumplimentará directamente en la web.
    2. Declaración responsable, también en la web.
    3. En caso de que se hayan recibido otras ayudas para estos mismos costes, habrá que declararlas.
    4. Al formulario habrá que adjuntar:
      • Libro Excel (descargable en la propia ficha de la ayuda) donde habrá que incluir el desglose de facturas.
      • Facturas de suministros de febrero a septiembre de 2021 y 2022, y justificantes de pago de las de 2022.
      • En los casos de venta de energía, también esas facturas.
  • El plazo de resolución es de 2 meses. Si transcurrido ese plazo no hay resolución se entenderá como desestimada la solicitud.
  • Una vez concedida la ayuda, habrá un mes para la declaración de obligación de transparencia (habitual en todo este tipo de ayudas).

 

El equipo técnico de OHR .-