Registro de contratos de alquiler de vivienda en Navarra

Registro de contratos de alquiler de vivienda en Navarra

Primero que nada, hay que aclarar que este Registro está dirigido tanto a personas físicas como jurídicas, y que los contratos de arrendamiento vigentes deberán registrarse en el plazo de tres meses desde la publicación de la resolución. A continuación, detallamos brevemente los pasos para cumplimentar correctamente este nuevo Registro:

  1. Acceder a la web que han habilitado para ello: https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/registro-de-contratos-de-arrendamiento-de-viviendas-de-navarra. Entrar en la parte de “tramitación”, es obligatorio hacerlo con certificado digital, cl@ve o DNI electrónico.
  1. Completar los datos de arrendadores (NIF, nombre y apellidos y % de propiedad, que siempre deberá sumar 100%) y arrendatario (ídem, aunque obviamente sin porcentajes de propiedad).
  1. Completar datos de la vivienda. Para ello deberemos indicar la referencia catastral, que puede obtenerse aquí. Hay que diferenciar entre vivienda unifamiliar (chalets o edificios al completo) y vivienda colectiva (pisos, adosados, etc.).
  1. Por último, hay que completar los datos del contrato de alquiler, incluyendo: renta pactada, si se incluye garaje y/o trastero, importe de la fianza y por último definir si es vivienda habitual o de temporada.
  1. Completado todo lo anterior, se firma y se envía el registro. No hay que adjuntar nada de documentación, pero es importante guardar el justificante que facilita la web, ya que aparece el N.º del registro con fecha y hora. Si hubiera modificaciones, todo esto tendrá relevancia para poder registrarlas correctamente.

Si bien es un trámite muy sencillo, en caso de que necesiten ayuda con ello, desde OHR podemos prestarles el apoyo que consideren necesario.

 

El equipo técnico de OHR.-